top of page

Amnistía insta legisladores de la RD a despenalizar el aborto


Santo Domingo, 4 jul (EFE).- Amnistía Internacional (AI) emitió una acción urgente previa a la votación, en el Congreso de la República Dominicana, relativa a la prohibición total del aborto en el país, e instó a los legisladores a despenalizar la interrupción del embarazo en una serie de supuestos.

En un comunicado remitido por la organización, se adjunta la acción urgente para que se permita el aborto cuando el embarazo suponga un riesgo para la vida de la mujer o niña encinta, cuando el feto no pueda sobrevivir fuera del útero, y cuando el embarazo sea resultado de violación o incesto.

Se espera que la Cámara de Diputados someta la reforma a votación entre el 5 y el 25 de julio, señaló AI, que recordó que los esfuerzos anteriores por aprobar una reforma similar en 2014 fueron impugnados en 2015 por grupos conservadores.

El Tribunal Constitucional declaró el proceso inconstitucional y ordenó al Congreso que siguiera el procedimiento parlamentario adecuado para introducir reformas en el Código Penal, pero, a juicio de la organización “esta vez, las reformas deben ser aprobadas por la Cámara de Diputados, el Senado y el presidente”.

“En la República Dominicana, la actual prohibición total del aborto sigue provocando la muerte, por motivos evitables, de mujeres y niñas”, como la de Rosaura Almonte, conocida por los medios de comunicación como ‘Esperancita'”.

“Murió en 2012 por no recibir la quimioterapia que podría haberle salvado la vida frente a la leucemia que sufría porque en aquellos momentos estaba embarazada de siete semanas y el tratamiento que necesitaba habría afectado al feto. Los médicos retrasaron el tratamiento porque tanto el aborto como aquellos que lo faciliten pueden ser objeto de sanción penal”, apunta la nota.

El presidente de la República, Danilo Medina, y la Cámara legislativa “deben mantener su postura anterior sobre este tema y despenalizar el aborto en las tres circunstancias aceptadas en 2014 tal como se presentan actualmente en el texto sometido a debate. Cualquier otra acción constituiría un retroceso en los derechos de las mujeres y las niñas en la República Dominicana”, agrega AI.

En diciembre de 2014, Medina aprobó unas reformas del Código Penal para eliminar la prohibición total del aborto y abrir el camino a su despenalización en las tres circunstancias antes expuestas.

Esta decisión fue celebrada por organizaciones de derechos humanos y grupos locales de mujeres, estaba previsto que las reformas entraran en vigor un año después, en diciembre de 2015, y se iban a regular en una legislación aparte.

Sin embargo, un año después, el Tribunal Constitucional anuló las reformas propuestas después de que tres grupos de presión religiosos y conservadores apelaran contra la decisión del Congreso y alegaran errores de procedimiento.

La sentencia del Tribunal anuló las reformas penales aprobadas por el Congreso y mantuvo en vigor el antiguo Código Penal, que data de 1884, ley que permite sanciones penales de entre dos y tres años de prisión para todas las mujeres que se sometan a un aborto y para todas las personas que cooperen en la interrupción del embarazo.

El personal médico y farmacéutico que facilite un aborto o ayude a practicarlo será castigado también con una pena de entre cuatro y diez años de prisión y, si una mujer muere a consecuencia de un aborto, la pena contra quienes lo hayan facilitado o hayan ayudado a practicarlo es de entre 10 y 20 años. EFE

Me Gusta5

Twitear0

Compartir0

Compartir0

Compartir0


Posts Destacados 
Posts Recientes 
bottom of page